jueves, 18 de diciembre de 2014

Otra vez

Otra vez una resolución oficial de la Comisión de Carreras no se fundamenta ni en una letra del Reglamento General. Como cuando se sanciona el castigo a un SPC o el comportamiento de un jockey perjudicado por el starter, temas que el Reglamento no especifica con claridad o directamente no considera, todo vuelve a quedar librado a la críptica interpretación de los hechos que haga la Comisión de Carreras, cuyos fallos son inapelables.


En nuestro país se puede asesinar y apelar el fallo judicial de acuerdo a garantías constitucionales, pero un jockey no puede apelar una sanción de la CC, así como un jugador de fútbol puede darse por muerto si recurre a otro tribunal que no sea el de la AFA. En algunos ámbitos se vive en el siglo veintiuno y en otros en la edad de piedra.

El RGC necesita de una revisión a fondo tal vez desde los tiempos en que un jockey con dignidad tuvo que dejar la profesión por no querer afeitarse el bigote. Pero ahí sigue, misterioso cuando se lo busca y anacrónico cuando se lo encuentra, con todas sus imperfecciones y omisiones, ideales para que la CC pueda seguir obrando como le parezca, amparada en ese carácter inapelable que tienen sus decisiones y en esta sutil cláusula: "toda sanción o disposición disciplinaria que no se encuentre en el presente reglamento queda a criterio de la Comisión de Carreras", cláusula que rara vez esgrimen públicamente tal vez por no evidenciar la arbitrariedad tan a lo bestia.

No me parece casual que ese RGC sea difícil de encontrar. Si estuviera disponible en, por ejemplo, la página web del Jockey Club Argentino, el debate sobre su revisión tomaría un gran impulso. Pero no creo que quienes fallan de manera inapelable hace más de un siglo estén muy interesados en debatir y revisar nada.
Mientras las cosas sigan así, seguirán instando a comunicar y dar a publicidad sus resoluciones, pero no “los elementos y declaraciones obrantes en el sumario instruído”. No sea cosa que la gente sepa cómo resuelven.

El sábado pasado un jockey cuyo caballo viene sin chances le presta su fusta a un colega que perdió la suya. Éste, al ver que su caballo tampoco tiene chances, se la devuelve. Ninguno de los dos ocasiona molestias a nadie, ninguno de los dos castiga sin necesidad al SPC que monta.
El burrero, aún aquel con boletos jugados a King Kon o Interdetto, sabe bien que ambos ejemplares venían puestos y no había ninguna necesidad de castigarlos. Por eso mayoritariamente vincula lo sucedido con la caballerosidad y el compañerismo antes que con la indisciplina. Y aún aquellos que critican lo sucedido, juzgan como insólita y desmedida la sanción de 45 fechas para algo que a lo sumo merecía un llamado de atención o un par de reuniones.

No me vengan con ese asunto del respeto al apostador. La falta el respeto al apostador pasa por otros lugares, no por un jockey que deja de exigir su caballo cuando sabe que no tendrá marcador aunque lo mate a palos.

¿Imagen negativa? ¿Buena reputación? Por favor… La persona que no es del palo turfístico no huye del hipódromo porque dos jockeys se pasen una fusta. Huye porque le huelen muy mal el mecanismo de las sanciones por doping y las amnistías, porque le parece una broma el tema de los figurines, porque no entiende cómo funciona el asunto de los pozos garantizados, etc.

La CC debería reconsiderar su resolución. En un contexto como el del turf argentino, sancionar con 45 días de suspensión a Pablo Falero y Rodrigo Blanco por lo que hicieron más parece la idea de un dictador de García Márquez que el fallo de una institución seria.


Marcelo Fébula

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